Participar significa contribuir al desarrollo del museo, y participar de forma activa en su desarrollo social y cultural.
Queremos dar las gracias a todos los colaboradores que han querido asociar su nombre
al Museo Ángel Mateos, y están ayudándonos a que este proyecto sea posible.
Entidades y Empresas Colaboradoras con el MÁM:
Ayto. de Doñinos de Salamanca 
Si estás interesado en colaborar con el MÁM y formar parte de su proyecto escríbenos a: info@museoangelmateos.com, te presentaremos un proyecto de colaboración personalizado a tu medida y posibilidades:
Empresas /entidades Colaboradoras
fórmula de colaboración flexible y adaptable; diseñada para aquellas empresas que desean establecer una colaboración temporal con el MAMEH sin que implique aportación económica. Estas colaboraciones dependerán de la naturaleza e interés del colaborador, pudiendo enmarcarse en campañas de promoción, aportación de recursos o servicios,…

Empresas /entidades colaboradoras
Esta modalidad se ajusta a aquellas empresas que tienen interés en participar mediante aportaciones dinerarias menores bajo la fórmula de Donación. Pueden estar destinadas a financiar tanto actividades concretas como mejoras en el museo que aporten un mayor grado de excelencia.
Empresas/entidades Benefactoras
En nivel más comprometido, se sitúan las empresas o instituciones que realizan una aportación significativa. Se trata de instituciones y empresas líderes en sus respectivos sectores con un especial interés en participar en el proyecto presente y futuro del MÁM.
¿Qué beneficios tienen la colaboración con el MÁM?
Cada colaboración tiene sus contraprestaciones, no obstante, de forma paralela las contribuciones dinerarias se benefician de los incentivos fiscales previstos en la Ley 27/2014 de 27 de noviembre, del Impuesto de Sociedades -y modificaciones en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre-, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Los incentivos fiscales que establece son:
- La cantidad donada tiene una deducción en la cuota del Impuesto de Sociedades del 35%.
- Fidelización en las donaciones: se podrá aplicar una deducción del 40% (en vez del 35% general) siempre que se hayan efectuado donativos por la misma o mayor cantidad a la misma entidad en los dos periodos impositivos inmediatos anteriores.
- La deducción tiene un límite del 10% de la base imponible del periodo impositivo. Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los periodos impositivos que concluyan en los diez años inmediatos y sucesivos.
¿ Más información ?
Si lo desea, puede solicitar más información en Cultura y Mecenazgo, punto de contacto de la Subdirección General de Industrias Culturales y Mecenazgo del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
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